Resolución y CONDENA del Parlamento Europeo sobre la represión gubernamental de las protestas del 11J y de los ciudadanos en Cuba


(2021/2872(RSP))
El Parlamento Europeo PIDE Y CONDENA A CUBA
1. Condena en los términos más enérgicos la violencia y represión extrema ejercida contra los manifestantes, defensores de los derechos humanos, periodistas independientes, artistas, disidentes y líderes políticos de la oposición por parte del Gobierno cubano a raíz de las protestas del 11 de julio de 2021; lamenta la pérdida de vidas humanas y da su más sentido pésame a las familias;
2. Pide a las autoridades cubanas que pongan fin a la represión y liberen a todos los presos políticos, presos de conciencia y personas detenidas arbitrariamente únicamente por ejercer de manera pacífica su libertad de expresión y reunión, así como que velen por el respeto de las garantías procesales; condena que la respuesta del Gobierno frente a estas manifestaciones incluya el despliegue de boinas negras y de grupos civiles en respuesta al llamamiento del presidente Miguel Díaz‑Canel a «defender la revolución»;
3. Lamenta que las autoridades cubanas hayan aprovechado la oleada de arrestos a raíz de las manifestaciones del 11 de julio de 2021 para criminalizar las legítimas y pacíficas demandas de democracia por parte de la ciudadanía, recuperar el control, volver a instaurar una cultura del miedo en el seno de la población y silenciar a algunos de los miembros de la oposición de mayor carisma del país;
4. Pide que se respeten los derechos humanos de los galardonados con el Premio Sájarov, que son constantemente víctimas de actos de represión, y condena la detención arbitraria durante más de dos meses de José Daniel Ferrer, separado de su familia y en paradero desconocido;
5. Hace hincapié en lo extremadamente necesario que es que las autoridades cubanas escuchen las demandas de derechos civiles y políticos, y de libertad y democracia, y les den respuesta, así como que entablen un diálogo nacional integrador en cuanto a un proceso de modernización y democratización del país, con vistas a adoptar todas las medidas necesarias para llevar a cabo las reformas económicas internas que tanta falta hacen, garantizando al mismo tiempo el respeto de los derechos políticos, civiles, económicos, sociales y culturales de la población y una respuesta eficaz a la pandemia de COVID‑19;
6. Expresa su profunda preocupación por las conclusiones del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de las Naciones Unidas en lo que respecta a la privación arbitraria de la libertad en Cuba, en las que queda de manifiesto la existencia de un problema sistemático en cuanto a las detenciones arbitrarias, tal como se confirma en los informes del Grupo de Trabajo 12/2017, 55/2017, 64/2017, 59/2018, 66/2018, 63/2019 y 4/2020;
7. Denuncia el poco respeto por parte de las autoridades cubanas de los derechos humanos y las libertades consagrados en los convenios universales de derechos humanos, en particular las libertades de reunión, de prensa y de expresión, tanto en internet como fuera de internet, así como su represión de toda forma de expresión democrática y la falta de espacios para una participación política pluralista; pide a la Unión que condene en este sentido a las autoridades; lamenta el Decreto‑Ley 35 y la Resolución 105, adoptados hace poco, que ofrecen amplias vías legales para criminalizar a las personas que participan en protestas pacíficas legítimas mediante el control de los medios de telecomunicación, dando así paso a nuevos métodos de represión; pide a las autoridades cubanas que actualicen el marco jurídico de conformidad con el Derecho internacional y deroguen el Decreto‑Ley 35 y cualquier otra normativa que restrinja las libertades fundamentales de su ciudadanía;
8. Expresa su preocupación por la lamentable situación en materia de detención y la pertinaz falta de condiciones que permitan garantizar la independencia judicial; solicita que los detenidos puedan disfrutar de un juicio justo, que se les permitan evaluaciones médicas independientes, que reciban alimentos y agua en condiciones y cantidad aceptables, y que tengan permiso para hacer llamadas telefónicas y recibir periódicamente visitas de familiares, amigos, periodistas y diplomáticos; pide que haya investigaciones penales y administrativas eficaces tendentes a identificar, perseguir y castigar a los responsables de la tortura y los malos tratos;
9. Solicita a las autoridades cubanas que sigan las recomendaciones de la CIDH y de la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en el sentido de entablar un diálogo constructivo con una verdadera sociedad civil; pide a Cuba que brinde con carácter inmediato acceso al país al relator especial de las Naciones Unidas sobre el derecho a la libertad de opinión y de expresión, a la relatora especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los defensores de los derechos humanos y a las organizaciones independientes de derechos humanos para que puedan comprobar cuál es la situación de los derechos humanos y seguir y observar los próximos juicios a los cientos de activistas y ciudadanos cubanos de a pie que siguen detenidos; solicita a la Unión que se presente como observador en los juicios de presos políticos encarcelados y los visite;
10. Lamenta que, a pesar del Acuerdo, la situación de la democracia no haya mejorado y el deterioro de la situación de los derechos humanos en Cuba no haya hecho más que agravarse; hace hincapié en que Cuba ha vulnerado sistemáticamente las disposiciones básicas del Acuerdo desde el momento de su entrada en vigor; lamenta sobremanera la falta de compromiso y voluntad por parte del régimen cubano en cuanto a esforzarse por lograr aunque sea un mínimo avance en lo que respecta al cambio o a las vías que podrían hacer posible una reforma del régimen;
11. Destaca que, contraviniendo el Acuerdo, se ha impedido por sistema a organizaciones cubanas y organizaciones independientes de la sociedad civil europea participar en los diálogos sobre derechos humanos entre Cuba y la Unión Europea, dentro del marco más amplio del diálogo sobre los derechos humanos del Acuerdo, como el que tuvo lugar el 26 de febrero de 2021; recuerda al respecto que en todo diálogo entre la Unión Europea y la sociedad civil cubana, así como en lo que respecta a las oportunidades de financiación, se deben incluir todas las organizaciones de la sociedad civil sin veto alguno;
12. Recuerda su firme apoyo a todos los defensores de los derechos humanos en Cuba y a su labor; pide a la Delegación de la Unión Europea y a las representaciones de los Estados miembros en el país que hagan verdadero énfasis en su apoyo a una verdadera sociedad civil independiente en sus relaciones con las autoridades cubanas, así como que empleen todos los instrumentos a su alcance para potenciar la labor de los defensores de los derechos humanos;
13. Considera que las últimas acciones represivas de las autoridades cubanas contra la ciudadanía no hacen más que sumarse a los constantes y sistemáticos actos dirigidos contra los presos de conciencia, los defensores de los derechos humanos, los disidentes, los activistas de la oposición y de la sociedad civil, los artistas y los periodistas, todo lo cual constituye más infracciones del Acuerdo;
14. Recuerda que el Acuerdo incluye una cláusula de derechos humanos, que es un elemento tipo esencial de los acuerdos internacionales de la Unión, que permite suspenderlo en caso de vulneración de las disposiciones relativas a los derechos humanos; solicita a la Unión Europea que active el artículo 85, apartado 3, letra b), al objeto de convocar con carácter inmediato una reunión del Comité Conjunto en vista de las infracciones del Acuerdo por parte del Gobierno cubano, lo que constituye un «caso de especial urgencia»;
15. Pide al Consejo que haga uso de lo dispuesto en la ley Magnitski de la Unión[6] y adopte sanciones lo antes posible contra los responsables de violaciones de los derechos humanos en Cuba;
16. Lamenta profundamente que las autoridades cubanas se nieguen a permitir la entrada en Cuba de las delegaciones del Parlamento Europeo a pesar de que el Parlamento diera su aprobación al Acuerdo; pide a las autoridades que permitan inmediatamente la entrada de las delegaciones en el país;
17. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Gobierno y a la Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba, al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a la Comisión, al representante especial de la Unión Europea para los derechos humanos, a los Gobiernos y a los Parlamentos de los Estados miembros, a la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y a los Gobiernos de los Estados miembros de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños.
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